De la manera en que actualmente se implementa la licencia Creative Commons, si no estamos bien informados, el instinto nos dice “está mal copiar esto”, cuando en realidad significa todo lo contrario. La confusión proviene, creo yo, de la inscripción “some rights reserved” (algunos derechos reservados), cuando debería decir “some rights released” (algunos derechos liberados), ya que los derechos del autor están reservados por omisión. En efecto, el uso de Creative Commons no protege una obra original, que por el sólo hecho de serla pertenece a su autor y es ILEGAL copiarla, modificarla, distribuirla o venderla, si no que avisa al público que el autor ha renunciado a algunos de esos derechos.
En pocas palabras: Si quieres usar la obra de un tercero y dudas si puedes hacerlo o no, el logo de Creative Commons es una buena señal. Creative Commons fue pensado para aquellas personas que quieran reciclar o reutilizar una obra con la certeza de que el autor lo consiente.
Luego, solamente debes averiguar hasta que punto el autor ha decidido compartir el material. Aún así, el autor original no puede renunciar a todos sus derechos, por lo que debes siempre reconocer los créditos de la obra de la que deriva la tuya. Las obras, sean de la índole que sean, “se protegen desde el momento de su creación, recibiendo los titulares la plena protección de la ley desde ese momento y sin que se exija el cumplimiento de ningún requisito formal”.
Si no ves una licencia Creative Commons, puedes comenzar a preocuparte, porque “la utilización de obras y prestaciones sin autorización de los titulares puede suponer la infracción de los derechos de propiedad intelectual. Ante una infracción, el titular puede ejercitar las acciones penales y/o civiles previstas en la ley”. La solución es sencilla: debes pedir permiso al autor original; si él te lo concede, te estará cediendo legalmente algunos de sus derechos.
En resumen, no hay que tener miedo: uno no puede infringir una licencia Creative Commons (sería la negación de una negación), pero sí puede violar los derechos de la propiedad intelectual, que son, básicamente, los derechos naturales de cualquier ser humano. Hay que tener respeto.
Si algo no queda claro, puedes ver un documental animado sobre Copyright y Creative Commons.
Creative Commons posee un portal de búsquedas para encontrar texto, imágenes, audio, video u otro tipo de archivos que puedes usar libremente en tu trabajo personal. |
Este post posee algunos derechos reservados. Donde dice “algunos derechos”, en mi opinión, debe decir: los derechos de reconocimiento y uso comercial, lo que significa que cualquier lector del blog puede hacer lo que guste con el contenido de este post, excepto atribuirse la autoría del mismo o comercializarlo. Las dos sentencias en cursiva fueron extraídas de blogoff, que a su vez fueron tomadas de fuentes oficiales.
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